Auto Supremo AS/0227/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2021-RA.

Fecha: 15-Mar-2021

1.

1. Francisca Dora Mamani de Siles, Pedro Machaca Yampara, Edwin Joel Choque Espejo, mediante memorial de fs. 13 a 15, fs. 20 a 22 vta., y la adhesión a la demanda de Humberto Siles Gutiérrez a fs. 25 y vta., interpusieron demanda de nulidad de contrato de donación; acción que fue dirigida contra Roberto Aguilar Gómez, Ministro de Educación, Domingo Álvarez, Dionicio Apaza miembros de la Colonia Broncini de Caranavi y Efraín Gutiérrez Gutiérrez, quienes una vez citados, Silvia Raquel Mejía Laura y Rigoberto David de los Ríos Piotti contestaron a la demanda mediante escrito de fs. 36 a 39 vta., desarrollándose de esta manera el proceso hasta pronunciarse la Sentencia N° 706/2016 de 24 de octubre, cursante de fs. 1026 a 1036, donde la Juez Público Civil y Comercial N° 5 de la ciudad de La Paz declaró IMPROBADA en todas sus partes la demanda planteada; asimismo declaró IMPROBADA la demanda reconvencional sobre mejor derecho y RECHAZÓ la excepción perentoria de prescripción adquisitiva extraordinaria planteadas por el Ministerio de Educación.