Auto Supremo AS/0227/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2021-RA.

Fecha: 15-Mar-2021

b)

b) Denunciaron que la Sala Civil Tercera efectúo una errónea valoración del bien inmueble que es objeto de la nulidad de contrato de donación, al considerar que se encuentra en el área rural lo cual no es cierto, careciendo de competencia la Juez A quo para conocer y tramitar la presente causa, siendo que el bien se encuentra en el área periurbana, por lo que corresponde al área civil y comercial y no así al Juez Agroambiental

Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación interpuesto por Edwin Joel Choque Espejo resulta inadmisible por haberse interpuesto fuera del plazo que determina el art. 273 del Código Procesal Civil, y admisible con relación al recurso interpuesto por Francisca Dora Mamani de Siles, Pedro Machaca Yampara y Humberto Siles Gutiérrez por ser interpuesto dentro del plazo previsto es decir dentro de los diez días hábiles.