1.De la resolución impugnada.
Del análisis del Auto de Vista N° 100/2020 de 02 de diciembre cursante de fs. 156 a 160, se advierte que el mismo absuelve el recurso de apelación que fue interpuesto contra una sentencia que declaró probada en parte la demanda dictada dentro de un proceso ordinario sobre división y partición de bienes gananciales, lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 392 del Código de la Familias y del Proceso Familiar.
