Auto Supremo AS/0246/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2021-RA.

Fecha: 23-Mar-2021

g)

g)Refirió que no se aplicó el art. 519 del Código Civil desconociendo los Vocales que el contrato es ley entre las partes y debe ser cumplido en los términos convenidos, omitiendo que la minuta de 07 de noviembre de 2014 está vigente al no haber sido disuelta y no pudiendo desconocer los Vocales el derecho propietario sobre el bien inmueble debido a que la compraventa fue constituida a su favor.