Auto Supremo AS/0258/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2021-RA.

Fecha: 29-Mar-2021

1.

1. Con base en el memorial de demanda de fs. 17 a 20, Lourdes Paco Callisaya inició proceso de acción negatoria, reivindicación de inmueble, más pago de daños y perjuicios contra Florencio Cosme Lupa, Lorenzo Villegas Vadillo, Guillermo Mayta Intimayta, Basilio Cuppe Sirpa, Valerio Vásquez Chambi, Nestor Choque Mamani, Felipe Huaycho Quispe, Panfi Pusarico Condori, Juan Mamani Mamani y Dionicia Tola Yupanqui, quienes una vez notificados mediante memorial de fs. 85 a 91 vta., respondieron negativamente y reconvinieron por nulidad de Escritura Pública y cancelación de partida en el registro de Derechos Reales contra de la demandante y los herederos de Ana Rosa Jemio Vda. de Carrasco, mediante Auto de 22 de septiembre de 2014 se tiene por no presentada la demanda reconvencional de nulidad; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 150/2017 de 01 de marzo, cursante de fs. 1108 a 1116, donde el Juez Público Civil y Comercial 1º de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda de fs. 17 a 20, interpuesta por Lourdes Paco Callizaya e IMPROBADA la tercería de dominio excluyente interpuesta por la Policia Boliviana.

1. Acusó que el Auto de Vista incurrió en una interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, al no haber aplicado de manera correcta lo establecido en el art. 1455 del Código Civil, toda vez que la acción negatoria de acuerdo al articulado señalado tiene por objeto obtener una sentencia declarativa de inexistencia de un Derecho Real que en la especie los demandados afirman tener y que supuestamente les pertenece sin haberse constituido a su favor.