Auto Supremo AS/0274/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2021-RA.

Fecha: 31-Mar-2021

a)

a)Acusó la conciliación previa se constituye en una medida preliminar que abre la competencia de una autoridad judicial y se verificó que el acta de conciliación data del año 2018, de 2 años antes de iniciado el proceso, lo que significa que al no haber demandado durante ese tiempo entonces no se tenía intenciones de seguir la correcta competencia del juez, por lo que toda demanda preliminar y principal debe tramitarse ante el mismo juez, por lo que al señalar los vocales que la conciliación no abre la competencia  no se tomó en cuenta el Libro segundo de los proceso preliminares del Código Civil.