d)
d)Señaló que no se resolvió cada uno de los agravios y se falló con base a una única prueba que es el contrato de anticrético, porque la parte demandante no presentó más prueba y el juez solo hizo mención a esa prueba; no existe otro documento o prueba que establezca concretamente el incumplimiento de dicho contrato, en el que operó su tácita reconducción.
