Auto Supremo AS/0120/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2021-RA

Fecha: 12-Abr-2021

primer motivo

En el primer motivo del recurso de casación, el acusado manifiesta que al momento de pronunciar el Auto de Vista N° 37 de 16 de octubre de 2020, el Tribunal de apelación omitió su deber de ejercer un efectivo control de la valoración de la prueba efectuada por el Tribunal de juicio, identificando dos errores que infringen las sub reglas de la lógica, la experiencia y la ciencia, vinculados a la subsunción del hecho al tipo penal, a la declaración de la víctima y a la ausencia de prueba.

Cita como precedentes contradictorios, los siguientes Autos Supremos:

282/2015-RRC-L de 8 de junio, de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, sobre el deber del Tribunal de apelación, de control de la valoración de la prueba por parte del juez o tribunal de juicio, a efecto de constatar si se ajusta a las reglas de la sana crítica y que se halle debidamente fundamentada; declara fundado el recurso y deja sin efecto el Auto de Vista impugnado.

Con relación a la cita de los Autos Supremos Nº 372/2015-RRC de 15 de junio y Nº 539/2015-RRC-L de 31 de agosto, de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, como precedentes contradictorios, ambos fallos declaran infundado el recurso de casación; en consecuencia, no contienen doctrina legal aplicable y no constituyen precedentes contradictorios válidos a efectos de admisibilidad y análisis en el fondo del presente recurso.