Auto Supremo AS/0120/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2021-RA

Fecha: 12-Abr-2021

tercer motivo

En el tercer motivo del recurso de casación, el acusado manifiesta que al momento de pronunciar el Auto de Vista N° 37 de 16 de octubre de 2020, el Tribunal de apelación omitiendo su deber de ejercer un efectivo control de la Sentencia, convalidó dicho fallo pese a que carece de fundamentación e incurre en insuficiente valoración de la prueba y por ende, en valoración defectuosa, por cuanto por cuanto en el Tercer Considerando el Auto de Vista contiene únicamente una descripción de las pruebas, sin realizar el contraste de las mismas respecto al estado de inconciencia del acusado y el certificado médico forense, incurriendo en falta de fundamentación respecto a este hecho.

Cita como precedente contradictorio, el siguiente Auto Supremo:

444/2005-RRC de 15 de octubre, de la Sala Penal Primer de extinta Corte Suprema de Justicia, sobre la facultad del Tribunal de apelación, de advertir la insuficiente fundamentación y valoración defectuosa de la prueba en la Sentencia (art. 423 del CPP); declara fundado el recurso y deja sin efecto el Auto de Vista impugnado.