INFUNDADO
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación de la Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 236 a 243, interpuesto por la Feria Exposición de Santa Cruz FEXPOCRUZ, representada por Oscar Raúl Strauss Justiniano; en consecuencia, mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 5 de 18 de septiembre de 2020, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Sin costas.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
- AUTO SUPREMO Nº 206
- Sucre, 6 de abril de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- Sentencia.
- PROBADA en parte la demanda
- Auto de Vista
- CONFIRMÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACION Y ADMISIÓN.
- Infracción y falta de fundamentación respecto a la exención tributaria en el Auto de Vista recurrido.
- Específica infracción al CTB-2003.
- Problema jurídico resuelto por la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, establecido en la Sentencia N° 185/2016 de 21 de abril de 2016, donde se dispone que la exención tributaria es constitutiva y no declarativa.
- Petitorio.
- Contestación al recurso y concesión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES AL CASO CONCRETO.
- IV. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO.
- INFUNDADO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
