VISTOS:
VISTOS: Los recursos de casación cursante de fs. 3041 a 3044 vta., interpuesto por Fernanda Martini representada legalmente por Walter Sebastián Egüez Leski, y el de fs. 3046 a 3052 vta., planteado por Claudia Isabel Zambrana de Vits y Hugo Jacques J. Vits representados legalmente por Vitalio Quiroga Dorado ambos contra el Auto de Vista Nº 336/2020 de 09 de diciembre, cursante de fs. 3033 a 3039, pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de restitución de pago de lo indebido más pago de daños y perjuicios seguido por Claudia Isabel Zambrana de Vits y Hugo Jaques Vits contra Fernanda Martini, las contestaciones de fs. 3056 a 3057 y de fs. 3060 a 3063; los Autos de concesión de 12 de febrero y 16 de marzo de 2021, cursante a fs. 3058 y 3064; todo lo inherente; y:
- VISTOS:
- 1
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- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- a)
- b)
- Fragmento 11
- siempre y cuando la misma sea perjudicial a la parte; sin embargo, si no apelo de la sentencia
- III.2. Del “
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- POR TANTO:
