1. De la resolución impugnada.
Del análisis del Auto de Vista S.C.C. II N° 65/2021 de 5 de marzo, cursante de fs. 706 a 709 vta, se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación que fue interpuesto contra un Auto Interlocutorio sentencia dictado dentro del proceso ordinario de nulidad de división y partición de herencia y anulabilidad de documentos de transferencia propietaria e hipoteca legal, lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil.
