Admisión del recurso de casación.
Conforme lo previsto en el art. 277 del Código Procesal Civil-2013, aplicable por mandato de las normas remisivas contenidas en el art. 633 del Decreto Reglamentario al Código de Seguridad Social (DRCSS); este Tribunal emitió el Auto de 16 de marzo de 2021 a fs. 112, admitiendo el recurso interpuesto por la empresa recurrente, que se pasa a resolver:
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 326
- Sucre, 21 de mayo de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto-SENASIR
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- ón de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto Nº 3240 de 15 de abril de 2019
- Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR Nº 342/19 de 4 de octubre de 2019
- CONFIRMÓ
- Auto de Vista Nº 096/2020 de 13 de julio.
- REVOCÓ
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISION.
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTO JURÍDICO DEL FALLO:
- Doctrina aplicable al caso en concreto:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
