POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el artículo 184 -1 de la CPE y el artículo 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025, en virtud de los fundamentos expuestos, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 712 a 716, interpuesto por El Diario SA representado por Eduardo Antonio Dalence Yanique, contra el Auto de Vista N° 107/2018 de 23 de agosto, de fs. 700 a 701, emitido por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, manteniéndolo firme y subsistente, con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado de la parte actora en Bs 1.000.- (un mil 00/100 bolivianos), que mandará a pagar el Juez de primera instancia.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 329
- Sucre, 21 de mayo de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES PROCESALES:
- Sentencia:
- PROBADA en parte
- Auto de Vista:
- CONFIRMÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- Petitorio:
- Contestación:
- Admisión:
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- POR TANTO:
- Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
