1.
1. José Antonio Paz Ortiz mediante memorial cursante de fs. 20 a 27 y subsanado a fs. 48, inició proceso ordinario por nulidad de declaratoria de herederos sin testamento contra Paúl Jhonny Paz Arias y Romy Paz Jimenez quienes una vez citados contestaron negativamente a la demanda según escritos de fs. 127 a 132 vta., y de fs. 165 a 166, además interpusieron excepción previa por demanda defectuosamente propuesta aduciendo improponibilidad de la demanda, reconvinieron por división y partición de bienes hereditarios y resarcimiento de daños y perjuicios, ampliando la misma contra los demás coherederos por lo que el juez dispuso la integración y conformación de litis consorcio necesario, es así que se apersonaron Claudia Cecilia Paz de Monasterio, Roxana Inés, María Ximena y José Eduardo todos Paz Ortiz mediante su representante José Antonio Paz Ortiz segun escrito cursante de fs. 200 a 204, desarollandose de esa manera la causa hasta dictarse la sentencia Nº 78/2020 de 14 de agosto de fs. 404 a 415 donde la Juez Público, Civil y Comercial 4º de Santa Cruz de la Sierra, que declaró PROBADA la demanda principal e IMPROBADA la demanda reconvencional.
