b)
b)El Auto de Vista al no decir nada sobre la ganancialidad del bien deja pasar por alto cuestiones que son de vital importancia dentro de la legitimación de los derechos de la recurrente en contradicción del Auto Supremo N° 98/2018 de 05 de marzo, motivo por el cual incurrió en la vulneración de los arts. 7, 176, 177 y 219 de la Ley 603.
