d)
d)Manifestaron que el Auto Supremo Nº 707/2020 en su parte resolutiva indicó: “…el tribunal de alzada emita nueva resolución conforme a los lineamientos establecidos”, que consistía en que después del razonamiento y valoración realizado a través del Auto de Vista N° 111/2020 debió la misma autoridades dictar resolución, pero congruente con todo lo expresado en el referido Auto de Vista.
