d)
d) Sostuvo que AGROMAC S.R.L. es inexistente y que el Auto de Vista recurrido fue contra sus propios actos y vulneró el principio de buena fe y el derecho al debido proceso, toda vez que, el recurso de apelación de Víctor Castro Flores fue presentado extemporáneamente, no obstante, al ordenar oficios a Derechos Reales, peritaje e inspección judicial creó una expectativa sobre la resolución de fondo sin resolverlas en esa instancia anulándolas posteriormente en una manifiesta inconducta judicial provocando retardación de justicia en contra del demandante.
