2.
2. Contra la determinación de primera instancia, la Empresa Nacional de Ferrocarriles Red Oriental representado legalmente por Beymar Escalier apeló a la sentencia mediante escrito de fs. 569 a 570 vta., dando lugar a la emisión del Auto de Vista N°10/21 de 28 de enero, cursante de fs. 810 a 813, que ANULÓ obrados hasta fs. 52.
