POR TANTO
La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 264 a 276, interpuesto por la Empresa "ESPETROGAS SRL", representada por José Pedro Lino Hurtado, contra el Auto de Vista N° 57 de 07 de octubre de 2020, de fs. 255 a 260, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, con costas.
Se regula el honorario profesional de abogado en Bs.1000.- que mandará pagar el Juez de primera instancia
Para Resolución, por la baja médica del Magistrado Esteban Miranda Terán, interviene el Magistrado Ricardo Torrez Echalar de la Sala Social Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa Segunda.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
