POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 252 a 266, interpuesto por el Grupo “Moreira SRL”, por intermedio de su representante Ángel David Sosa Flores, impugnando el Auto de Vista Nº 20/2021 de 2 de febrero, de fs. 217 a 221, emitido por la Sala Social S.S. Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; con costas.
Se regula el honorario del abogado patrocinante en Bs1.000.-, que mandará pagar la Juez de primera instancia.
Para resolución, por baja médica del Magistrado Esteban Miranda Terán, interviene el Magistrado Ricardo Torres Echalar, de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social Segunda.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
- AUTO SUPREMO Nº 366
- Sucre, 23 de junio de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia
- PROBADA
- Auto de Vista
- CONFIRMÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- Petitorio
- Contestación del recurso y admisión
- Admisión
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- Consideraciones previas
- Sobre la fundamentación y motivación
- Resolución del caso concreto
- 1.
- 2.
- 3.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
