Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1003 a 1006 vta., interpuesto por Víctor Hugo Vázquez Mamani, ex Gobernador del Departamento de Oruro, contra la Sentencia Nº 02/2017 de 9 de mayo, cursante de fs. 990 a 998 vta., pronunciada por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa-Administrativa Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso contencioso seguido por la empresa unipersonal Constructora “TECON”, contra la institución a la que representaba el recurrente, la respuesta de fs. 1014 a 1016 vta., el Auto de fs. 1018, que concedió el recurso, la SCP 0473/2020-S3 de 27 de agosto, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa-Administrativa Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió la Sentencia Nº 02/2017 de 28 de septiembre, cursante de fs. 990 a 998, declarando probada la demanda de cumplimiento de obligación incoada por la empresa unipersonal Constructora “TECON”, disponiendo que la entidad demandada cancele a la empresa demandante la suma de Bs. 447.343,11 correspondiente a la Planilla Nº 8 del contrato Proyecto “Construcción Centros Turísticos Recreacionales Comunitarios”, y en relación a los daños y perjuicios demandados, determinó que estos sean averiguados en ejecución de sentencia.
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 396/2021
- Sucre, 09 de junio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-OR. 371/2017
- Distrito: Oruro
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- I.2. SCP 0473/2020-S3 de 27 de agosto
- I.3.1 Interpretación errónea o aplicación indebida de la ley
- I.3.2. Error de hecho y derecho en la apreciación de las pruebas
- I.2.1 Petitorio
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo.
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
