RESULTANDO
Por memoriales presentados el 15 de junio de 2020 y el 6 de julio de 2020, el Defensor de Oficio Ariel Jonny Delgado Posadas, en representación de la acusada Ibemar Lastenia Hernany Aguilar (rebelde) y el acusado Félix Chalar Miranda, respectivamente, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista Nº 03/20 de 28 de febrero de 2020, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, provincia Sud Chichas del departamento de Potosí y el Consejo de la Magistratura contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Prevaricato y Enriquecimiento Ilícito, tipificados y sancionados por los arts. 154 y 173 del Código Penal (CP), con relación al art. 20 del CP y art. 27 de la Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010, denominada Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas, Marcelo Quiroga Santa Cruz, con relación al art. 8 del CP.
- Encabezado
- RESULTANDO
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. El sistema judicial de valoración de la prueba penal vigente en el país otorga a los jueces y tribunales de sentencia la libre valoración de las pruebas; sin embargo, esta libre valoración de ningún modo puede ser arbitraria y, por lo mismo, debe
- POR TANTO
