I.1.2 Auto de Vista.
I.1.2 Auto de Vista.
En grado de apelación deducida por la institución Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA Regional La Paz), representada por José Alberto Abularach Vélez, de fs. 264 a 267 de obrados, la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 92/2020 de 27 de octubre, cursante de fs. 472 a 480 vta., confirma la Sentencia N° 113/2018 de 19 de julio de fs. 234 a 241 de obrados y Resolución Complementaria N° 431/2018 de fs. 244 de obrados, pronunciada por el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero de El Alto.
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 427/2021.
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- LPZ. 311/2021.
- Distrito: La Paz.
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- I. 1. Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Sentencia. -
- I.1.2 Auto de Vista.
- II. MOTIVOS DE LOS RECUROS DE CASACION. -
- II.1.1 Petitorio
- II.1.2 Responde a incongruente e infundado recurso de nulidad,
- CONSIDERANDO III:
- IV.1. - Fundamentos jurídicos del fallo
- Argumentación de la presente decisión del Recurso de Nulidad de fs. 482 a 485.
- sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
