Auto Supremo AS/0442/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0442/2021

Fecha: 31-Ago-2021

2.-

2.- El Auto de Vista impugnado, omitió pronunciarse respecto a que los cargos interinos, no tienen alcance a la “ESTABILIDAD LABORAL”, por disposición del art. 4 del DS Nº 28719 de 17 de mayo de 2016.

Citando el art. 11 del DS Nº 28699, afirmó que en función a esta permisión legal, los DS Nos. 28719 de 17 de mayo de 2006 y 26495 de 4 de febrero de 2002, dejaron establecido la prohibición de los nombramientos directos, instituyendo la obligatoriedad de la institución a efectuar convocatorias, someter a valoración y exámenes de competencia; por lo que, la estabilidad laboral prevista en el DS Nº 28699, no tiene alcance a cargos de la institución, conforme prevé el art. 18 del DS Nº 26115.

Alegó que en el caso, el pago de beneficios sociales debió ser solicitado por tres periodos distintos; el primer periodo, emergente de los contratos Nº C-1626/15 y C-0369/16 ante la Administración Regional La Paz; el segundo periodo, emergente de la designación interina; y el tercer periodo, emergente del contrato Nº 0239; aclaró que, en cuanto al segundo y tercer periodo, que si bien éstos son reclamables ante la oficina Nacional, no pueden ser considerados continuos; toda vez que, corresponden a modalidades de contratación diferente.