Contestación.
Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 18 de febrero de 2021 de fs. 608; Miguel Ángel Espinoza Zeballos, por memorial de fs. 610 a 612, contestó el recurso alegando:
Afirmó que la institución recurrente, bajo argumento fútiles y reiterativos, pretende que el Tribunal de alzada, omita o pase por alto elementos de prueba plenamente cotejados y valorados, desconociendo la normativa laboral; pues, se demostró que el ex - trabajador, prestó sus servicios de forma regular y permanente a favor de la CNS; y en derecho, solicitó el pago de sus beneficios sociales; sin embargo, en violación de la normativa laboral, la entidad demandada no cumplió su obligación, dentro del plazo previsto en el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006; por lo que, correspondía proteger la liquidación de beneficios sociales practicada, de acuerdo a lo previsto en los arts. 19 de la Ley General del Trabajo (LGT), 9 de su Reglamento (RLGT); así como, la Ley de 9 de noviembre de 1940 y el DS Nº 1592 de 19 de abril de 1949, por constituir un derecho adquirido y consolidado.
Asimismo alegó, que por principio de lealtad, corresponde recordar a la entidad recurrente que, el procedimiento laboral encuentra su fundamento en los principios protector y de inversión de la prueba a favor del trabajador, previsto en el art. 3-g) y h) del Código Procesal del Trabajo (CPT); extremo que, también se encuentra plasmado en los arts. 66 y 150 del CPT.
Señaló que el recurso de casación, no podía ser una copia del recurso de apelación; afirmación que fue establecida en el Auto Supremo (AS) Nº 469/ 2013 de 3 de diciembre (no señaló la Sala que la emitió); asimismo la entidad recurrente, no expresó cuáles fueron los motivos por los que acude en casación y que le provocó indefensión.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 442
- Sucre, 31 de agosto de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Caja Nacional de Salud
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA en parte
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- 1.-
- 2.-
- 3.-
- 4.-
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Doctrina y jurisprudencia aplicable al caso:
- Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado.
- Resolución del caso concreto.
