Auto Supremo AS/0493/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0493/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

Sobre el cumplimiento de los requisitos y análisis de admisibilidad del primer motivo del recurso, se advierte que el recurrente refiere que el Auto de Vista carece de fundamentación porque incurre en incongruencia omisiva, en consecuencia, no se hace necesaria la exigencia de invocación de precedente contradictorio en apelación restringida; y, en casación, es válida la cita y desglose de los Autos Supremos Nº 325/2012-RRC de 12 de diciembre, Nº 448 de 12 de septiembre de 2007 y Nº 183 de 6 de febrero de 2007, por cuanto desarrolla en términos precisos la supuesta contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y la doctrina legal aplicable contenida en dichos precedentes, además, especifica en qué consiste el supuesto defecto del Auto de Vista impugnado y su resultado dañoso, precisando la falta de fundamentación e incongruencia omisiva al omitir pronunciarse sobre el agravio expuesto en el recurso de apelación restringida, vinculado el defecto de Sentencia previsto en el art. 370.5 del CPP, es decir, la falta de fundamentación sobre los argumentos de la defensa técnica ofrecida en el juicio oral; en consecuencia, el primer motivo del recurso de casación, con base en los precedentes contradictorios citados y desglosados precedentemente, resulta admisible.