Auto Supremo AS/0582/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0582/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

admisible

Sobre la problemática planteada, el recurrente invoca el Auto Supremo 512 de 11 de octubre de 2007, que establecería que los fallos judiciales deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que se limiten a transcribir los antecedentes procesales; sin embargo, en el caso de autos señala el recurrente que el Auto de Vista, se limitó a señalar que la Sentencia contiene la fundamentación fáctica, jurídica como probatoria, que se cumple con la sustanciación de cada una de las partes de la Sentencia, omitiendo realizar una debida motivación que debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica, exigencias que habrían sido establecidas por el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007, que señalaría que la motivación de los fallos emergentes de los recursos debe ser expresa, clara, legítima y lógica, que no habría sido cumplido por el Auto de Vista impugnado; de la argumentación de este motivo, se tiene que el recurrente explicó la posible contradicción de la Resolución recurrida con relación a los precedentes invocados, en tal sentido, cumplió con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 segundo párrafo del CPP, por lo que deviene en admisible.

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Edwin Vaca Velasco, de fs. 311 a 315 vta.; únicamente en relación al segundo motivo identificado; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.