VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 291 a 292 vta. interpuesto por Sergio José Quevedo Daza contra el Auto de Vista Nº 153/2021 de 04 de junio, cursante de fs. 277 a 282 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria seguido por el recurrente contra Pedro Rolando Taboada Escobar, Zoraida Velásquez Jiménez, Luis Alberto Arriata Jiménez y Janeth Zulma Iglesias Ordoñez de Arriata; la contestación cursante de fs. 297 a 298 vta.; el Auto de concesión de 26 de julio de 2021, cursante a fs. 303; los antecedentes del proceso; y:
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CIVIL
- Auto Supremo:
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- Del análisis del Auto de Vista Nº 153/2021 de 04 de junio, cursante de fs. 277 a 282 vta., se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación que fue interpuesto contra una sentencia dictada dentro de un proceso ordinario sobre usucapión decenal o extraordinaria, lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Sergio José Quevedo Daza en lo trascendental de dicho medio de impugnación, expresa:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
