II. ANALISIS DE ADMISIBILIDAD:
II. ANALISIS DE ADMISIBILIDAD:
1.- El recurso, fue presentado dentro el plazo previsto por Ley; toda vez que, la empresa recurrente fue notificada, el 28 de julio de 2021, como se acredita en la diligencia de fs. 191(considerando el feriado nacional de 6 de agosto); e interpuso recurso de casación, el 10 de agosto del mismo año, conforme consta en el timbre electrónico de fs. 192, dentro los ocho días previstos en el art. 210 del CPT, en concordancia con el art. 90 en sus parágrafos I, II y III del CPC-2013, aplicable por la disposición del art. 252 del CPT.
2.- Identificó la resolución recurrida, al señalar como resolución impugnada al Auto de Vista Nº 365/2021 de 26 de julio, de fs. 187 a 190, dando cumplimento al art. 274-I-2 del Código Procesal Civil.
3.- Por último, para la verificación del cumplimiento de la carga recursiva, establecida por Ley, se tiene a bien realizar las siguientes consideraciones, previas:
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 450
- Sucre, 9 de septiembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Empresa de Transporte Air Bus Coral SRL.
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relato:
- VISTOS:
- I. CONSIDERACIONES LEGALES
- II. ANALISIS DE ADMISIBILIDAD:
- De los requisitos para interponer el recurso de casación:
- estos aspectos deberán ser exteriorizados a través del recurso de casació
- El art. 274-I-3 del CPC-2013, que establece: “Expresará, con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente”, únicos presupuestos jurídicos, que permitirían a este Tribunal ingresar a analizar los fundamentos del recurso de casación interpuesto.
- la Ley o Leyes infringidas, violadas o aplicadas indeb
- recurso de casació
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen.
