Auto Supremo AS/0466/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0466/2021

Fecha: 16-Sep-2021

Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas:

Verificado el fallecimiento de René Orgaz Lavadenz y cumplidos los requisitos legales para la renta básica de vejez, conforme a los arts. 29 y 30 del Manual de Prestaciones, Ley Nº 2197 y la Resolución Nº 619.06, el SENASIR por Resolución Nº 008427 de 11 de octubre de 2006 (fs. 123 foliación valida superior derecha), otorgó renta básica de viudedad a Nancy Gaby Fernández Romero, equivalente al 80% de la renta que le correspondía a su causante, establecida en Bs.498.80 a pagar a partir de diciembre de 2004.

Posteriormente, por Resolución 008428 de 11 de octubre de 2006, el SENASIR estableció que, conforme al art. 11 del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, estableció que se habría realizado el cobro de Bs.5.280,00 por concepto de PRA por los meses de diciembre/04, febrero, abril y julio/06, al beneficiario (René Orgaz Lavadenz); importe que determinó sea descontado del total del pago global complementario calificado de Bs.6.530,18, quedando un saldo a favor de la derechohabiente Nancy Gaby Fernández Romero la suma de Bs.1.250,18.

A solicitud de la derechohabiente Nancy Gaby Fernández Romero, para la devolución del PRA, que en merito a la última resolución citada se ordenó el descuento; pese a que su esposo respecto de ese periodo no realizó ningún cobro por haber fallecido, la Comisión de Calificaciones de Rentas del SENASIR, emitió la Resolución Nº 010654, estableció que se cobraron los meses 12/04, 02/06, 03/06 y 04/06, por concepto de PRA; por lo que, se dispuso: la devolución de Bs.480,00 por descuento efectuado por concepto de líquido pagable del PRA…”