VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 232 a 233, interpuesto por José Luis Bilbao Alba propietario del Hotel Edén, a través de su apoderado José Luis Villegas Espinoza (Testimonio de poder Nº 243/2018 de fs. 63), contra el Auto de Vista N° 183/2021 de 6 de abril, emitido por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social, Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, de fs. 221 a 230, dentro del proceso de laboral de pago de beneficios sociales y derechos laborales interpuesto por Juan Carlos Bilbao Álvarez, contra la empresa recurrente; la contestación de fs. 237; el Auto Nº 321/2021 de 14 de mayo a fs. 238, que concedió el recurso; el Auto de 4 de junio de 2021 a fs. 246, por el que se declaró admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales y todo lo que fue pertinente analizar:
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 497
- Sucre, 16 de septiembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia
- CON LUGAR Y PROBADA EN PARTE
- Auto de Vista.
- REVOCÓ
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- 1.
- 2.
- 3.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- Conforme prevé el art. 277 del CPC-2013, aplicable en la materia, de conformidad al art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT), este Tribunal emitió el Auto de 4 de junio de 2021 a fs. 246, que admitió el recurso interpuesto.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina y jurisprudencia aplicable al caso:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
