I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia:
La Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia 61/2021 de 8 de marzo, de fs. 101 a 103, declarando IMPROBADA la excepción perentoria de pago y PROBADA la demanda de fs. 10 a 11, sin costas; disponiendo que AASANA cancele en favor de la demandante, la suma de Bs.155.766,66.- (Ciento cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y seis 66/100) por concepto de reliquidación de la indemnización por tiempo de servicios y multa del 30%, descontando la indemnización cancelada, conforme consta de la liquidación inserta en su texto; monto que deberá ser actualizado en ejecución de fallos, conforme establece el Decreto Supremo (DS) N° 28699.
Auto de Vista:
Interpuesto el recurso de apelación por AASANA, conforme consta el escrito de fs. 109 a 110, fue resuelto por Auto de Vista Nº 200/2021 de 21 de octubre, de fs. 147 a 148, por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que REVOCÓ en parte la Sentencia apelada y deliberando en el fondo declaró PROBADA en parte la excepción perentoria de pago y PROBADA en parte la demanda de fs. 10 a 11, en lo que corresponde únicamente a la multa del 30%; disponiendo que la entidad demandada cancele en favor de la demandante la suma de Bs.125.750,62.- (Ciento veinticinco mil setecientos cincuenta 62/100).