POR TANTO
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42. I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en el art. 401.I inc. b) del Código de las Familias y del Proceso Familiar, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 110 a 112 vta., interpuesto por Jhonny Chambi Marca contra el Auto de Vista Nº 462/2021 de 09 de noviembre, cursante de fs. 93 a 95, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas.
Se regula honorarios del abogado que contestó el recurso en la suma de Bs. 1000.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
