CONSIDERANDO II:CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
II.1 Del recurso de casación interpuesto por Ángela Noe Maza se observa que acusó lo siguiente:
1. El Ad quem, no consideró las pruebas adjuntas al proceso, entre ellas, la factura de consumo de energía eléctrica, plano de ubicación, certificación de 29 de noviembre de 2019 y acta N° 01/2019, que demuestran su posesión en el inmueble objeto de litigio por más de 10 años.
2. Refirió que su persona no fue detentadora, por la documentación que se adjunta, su intención fue adquirir el derecho propietario, pues existe un contrato verbal de venta del terreno, por consiguiente, existe un desprendimiento voluntario de la posesión del propietario, lo cual no fue considerado en el Auto de Vista recurrido vulnerando su derecho a la vivienda y a la propiedad.
Fundamentos por los cuales solicitó la emisión de un Auto Supremo que revoque el Auto de Vista impugnado y se declare probada la demanda de usucapión.
II.2 Del recurso de casación interpuesto por Francisco Edmundo Vaca Cuellar se observa que acusó lo siguiente:
1. El Tribunal de alzada vulneró los art. 452, 1538, 584, 611 del Código Civil, toda vez que, en el presente caso, no existe una relación contractual de compraventa, además, la afirmación del Ad quem referente a que no sería necesario un contrato real, que no se requiere ninguna formalidad y que puede ser pactada de forma verbal, es solo una suposición de la autoridad, que llega a contrariar a las normas señaladas.
2. Con la determinación tomada en el Auto de Vista, se infringió lo dispuesto por el art. 1453 del Código Civil, al no acoger la reivindicación y no valorar la prueba que respalda su derecho propietario, más aún cuando la demandante Ángela Noé Maza confesó que es evidente que Francisco Edmundo Vaca Cuellar es propietario del lote de terreno, vulnerando lo dispuesto por el art. 157 III del Código Procesal Civil.
Fundamentos por los cuales solicitó la emisión de un Auto Supremo case el Auto de Vista recurrido y se declare probada la demanda reconvencional de acción reivindicatoria.
De la respuesta al recurso de casación.
No existe respuesta por ninguna de las partes.