Auto Supremo AS/0008/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0008/2022-RA

Fecha: 06-Ene-2022

d)

d) Tercer daño de Fortaleza, fue la promesa de parte de esa entidad en que se le iba a devolver su casa, por lo que cumplió al pagar, simplemente la ilusionó, existiendo ahí el daño, existiendo errónea interpretación del art. 984 del Código Civil, que tiene como postulado el dolo y la culpa, señalando que nunca debió admitirse la demanda por improponible, debiendo acudir a la vía penal.

De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista.

Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho.