III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación de Isaac Marcelo Azurduy Torrez y del Auto Supremo 213/2021-RA de 28 de mayo, cursante de fs. 722 a 724 vta., se admitió los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del CPP y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).
El recurrente señala que el Auto de Vista carece de fundamentación al momento de argumentar el punto c del considerando 5°, lo cual vulneraría sus derechos y garantías constitucionales además de ser contradictorio al precedente invocado.
Así también denuncia que el Auto de Vista hubiera incurrido en incongruencia aditiva, en el punto c del considerando 5° en el tercer y cuarto motivos de su apelación restringida, lo cual generó la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales y resulta contradictorio a lo dispuesto en el precedente contradictorio invocado al efecto.
