II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia S-33/2020 de 19 de octubre (fs. 754 a 780), el Tribunal de Sentencia Quinto en lo Penal de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Diego Joaquín Tito Ramos, Erick Leo Calle Ichuta y Jesús Blanco Asturizaga, culpables de la comisión del delito de Feminicidio, previsto y sancionado por el art. 252 bis. num. 7) del CP, imponiendo de forma individual la pena de treinta (30) años de presidio sin derecho a indulto, más costas a favor del Estado y la víctima, averiguables en ejecución de sentencia,
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia y su complementario, los imputados Diego Joaquín Tito Ramos (fs. 804 a 814 vta.), Erick Leo Calle Ichuta (fs. 816 a 826 vta.) y Jesús Blanco Asturizaga (fs. 832 a 838 vta.), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 89/2021 de 19 de agosto (fs. 875 a 888 vta.), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declarando admisibles e improcedentes los recursos planteados; en su mérito, confirmó la Sentencia apelada.
