CONTENIDO ADICIONAL
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 427 a 439, interpuesto por la empresa AIDISA BOLIVIA SA, representada por Pedro Miranda García, contra el Auto de Vista N° 33 de 16 de febrero de 2022 de fs. 421 a 423, emitida por la Sala Social, Administrativa, Contencioso, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; dentro del proceso de pago de beneficios sociales, interpuesto por Arison Soruco Negrete, contra la empresa recurrente; la contestación de fs. 443 a 445; el Auto Nº 75 de 19 de julio de 2022 de fs.446, que concedió el recurso; el Auto de 8 de septiembre de 2022 de fs. 454, que admitió el recurso y todo lo que fue pertinente analizar.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III. Aquellas renuncias resultantes de presión u hostigamiento por parte del empleador, serán considerados como retiros forzosos e intempestivos para fines de Ley”.
- POR TANTO
