AS/0683/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0683/2022

Fecha: 16-Nov-2022

POR TANTO

La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Cooperativa Minera Unificada de Potosí, representada por Damián Condori Limachi; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 084/2022 de 25 de julio, emitido por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí de fs. 294 a 297

Se reitera, que debe cancelarse los sueldos devengados correspondientes a favor de Gabriela Flores Benavidez, desde su retiro hasta la reincorporación efectiva; previa comprobación sumaria y/o juramento de Ley presentado por la actora ante el Juzgado de Primera Instancia, de no haber percibido remuneración alguna por otro trabajo prestado desde la desvinculación hasta su efectiva reincorporación, bajo su responsabilidad; de demostrarse lo contrario, si la actora afirma haber percibido remuneración por trabajo durante este tiempo de retiro o existiese prueba documentada de aquello, no debe considerarse para el pago de sueldos devengados, el tiempo que percibió remuneración de otra índole sea privada o pública.

Se regula el honorario del abogado en Bs2.000 (Dos mil 00/100 Bolivianos) que mandará pagar la Juez de primera instancia.

Regístrese, notifíquese y devuélvase. -