POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en el art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 278 a 282, interpuestos por Francisco Edmundo Vaca Cuellar, contra el Auto de Vista Nº 142/2022 de 29 de julio, cursante de fs. 271 a 273, pronunciado por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Sin costas ni costos por no existir respuesta al recurso de casación.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
