POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 102 a 103, interpuesto por la Empresa Constructora Consultora Brokers Construcción SRL, representada por Justino Erik Sánchez Saldaña, con costas; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 112/2022 de 21 de julio de fs. 95 a 98, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.
No se regula el honorario del abogado que patrocinó a la parte demandante, por no haber contestado el recurso de casación.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
