Violación al derecho a la defensa y al debido proceso por parte de la Juez A quo y el Ad quem, pues el Tribunal de alzada debió anular el proceso, para que se proceda con la citación de forma correcta, toda vez que de obrados, se tiene pleno conocimiento que la Juez de primera instancia, no consideró que la demandante se encontraba en Estados Unidos y por tal motivo estaba obligado a proceder conforme dispone el art. 123.III del Código procesal Civil.
Fundamentos por los cuales solicitó Auto Supremo que case el Auto de Vista.
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4.
- Violación al derecho a la defensa y al debido proceso por parte de la Juez A quo y el Ad quem, pues el Tribunal de alzada debió anular el proceso, para que se proceda con la citación de forma correcta, toda vez que de obrados, se tiene pleno conocimiento que la Juez de primera instancia, no consideró que la demandante se encontraba en Estados Unidos y por tal motivo estaba obligado a proceder conforme dispone el art. 123.III del Código procesal Civil.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
