inadmisible
Por otra parte, los recurrentes alegan la concurrencia de defecto absoluto y la vulneración del derecho al debido proceso; sin embargo, no detallan con precisión en qué consistiría la restricción o disminución del referido derecho vinculado a la existencia del defecto absoluto que alegan y menos explican cuál el resultado dañoso emergente del defecto; en consecuencia, se tiene que, no cumplieron ni con los presupuestos de flexibilización, que fueron establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite IV del presente Auto Supremo, situación por la que, el motivo en cuestión deviene en inadmisible.
Por otra parte, los recurrentes alegan la vulneración del “derecho a la fundamentación como componente del debido proceso”; empero, no detallan con precisión en qué consistiría la restricción o disminución del referido derecho vinculado a la existencia de defecto absoluto, menos explican cuál el resultado dañoso emergente del defecto; consiguientemente, se tiene que, los recurrentes no cumplieron ni con los presupuestos de flexibilización, que fueron establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite IV del presente Auto Supremo, por lo que, el motivo en cuestión deviene en inadmisible.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 053/2022-RA
- Sucre, 02 de marzo de 2022
- ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
- Proceso:
- I. DATOS GENERALES
- Jhon Frank Ayma Colque
- II. ANTECEDENTES
- II.1. Sentencia.
- Víctor Blanco Vargas
- II.2. Apelación restringida.
- III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- i)
- IV. MARCO NORMATIVO Y JURISPRUDENCIAL PARA EL ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
- Fragmento 16
- a)
- Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de Julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo
- V. EXAMEN DE ADMISIBLIDAD
- V.1. Constatación del plazo de presentación.
- V.2. Verificación de los requisitos de contenido.
- primer motivo,
- inadmisible
- segundo motivo,
- POR TANTO
- INADMISIBLES
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- FDO.
- Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
- Magistrado Dr. Olvis Eguez Oliva
- Secretario de Sala Penal M.Sc. Rommel Palacios Guereca
