POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 400.II del Código de las Familias y del Proceso Familiar, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 453 a 455 vta., interpuesto por Juan Ramiro Cortez Soria Galvarro, representado por María Luisa Loza Aliaga y Farida Brígida Velasco Alcoser, contra el Auto de Vista Nº 41/2022 de 11 de enero, corriente en fs. 438 a 447 vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
