2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), fue debidamente notificada a las partes en fecha 03 de febrero de 2022, conforme la papeleta de notificación de fs. 544, presentando el recurso de casación el 17 del mismo mes y año, tal cual se observa del timbre electrónico a fs. 545; por lo que se infiere que dicho medio impugnatorio fue presentado en el plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir, dentro de los 10 días hábiles computados a partir de la notificación con el Auto impugnado.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 152/2022-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes: Jesús Gil Alderete Fuertes, Valeriano Alderete Fernández c/ Cooperativa Minera “San Andrés” Ltda., representado por Nicolás Mamani Huarachi.
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- En la forma:
- a)
- b)
- c)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
