POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 545 a 548, interpuesto por Nicolás Mamani Huarachi en representación de la Cooperativa Minera “San Andrés” Ltda., contra el Auto de Vista N° 04/2022 de 02 de febrero de fs. 532 a 543, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 152/2022-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes: Jesús Gil Alderete Fuertes, Valeriano Alderete Fernández c/ Cooperativa Minera “San Andrés” Ltda., representado por Nicolás Mamani Huarachi.
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- En la forma:
- a)
- b)
- c)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
