2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación a fs. 316, se observa que la recurrente fue notificada el 03 de febrero de 2022 y presentó su recurso de casación el 16 de febrero de 2022, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 317, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución fue interpuesto en el del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir, dentro de los diez días hábiles.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Fragmento 3
- Proceso
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4.
- a)
- b)
- d)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
