POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Fernando Mamani Choque y Asteria Choque de Mamani, contra el Auto de Vista de 30 de julio de 2021, pronunciado por Sala Civil , Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas y costos.
Se regula honorarios profesionales en Bs. 1000.- para el abogado que contesto el recurso de casación.
