Auto Supremo AS/0401/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2022

Fecha: 09-Jun-2022

POR TANTO:

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA en parte el Auto de Vista N° 135/2021 de 31 de marzo de fs. 599 a 604 vta., pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de justicia de La Paz, y en el fondo se declara PROBADA en parte la pretensión de nulidad de minuta y escritura pública de compraventa, cancelación de partida en Derechos Reales y restitución de herencia, declarando la nulidad parcial de: a) La minuta de transferencia de 11 de abril de 2007; b) La Estructura Pública N° 175/2007 de 17 de abril; c) La cancelación en Derechos Reales de los siguientes asientos: 1) Asiento N° A-3 registrado a nombre de Mateo Flores Ramos y Rufina Flores Ramos; 2) Asientos Nros. A-4, A-5 y A-6 todos registrados bajo la Matrícula N° 2.01.3.01.0000459 a nombre de la Empresa Constructora Alto Ltda., solo en el porcentaje que le corresponde a Jacinto Flores Aruquipa en condición de heredero de Natalio Flores Paucara, manteniendo incólume las demás determinaciones. Debiendo en ejecución de Sentencia realizarse el registro y en caso de cualquier divergencia se dilucidará mediante vía incidental. Con costas y costos.

Sin responsabilidad, por ser excusable el error incurrido por los jueces de instancia.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.